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El Gobierno promoverá la Ley de Sociedades Profesionales

El Gobierno aprobará “en breve” un proyecto de ley que regulará las sociedades profesionales. La futura norma regulará aspectos como la compatibilidad entre el ejercicio profesional y el modelo societario, la creación de registros profesionales, el ejercicio e imputación de la actividad, la responsabilidad de la sociedad profesional y de los profesionales, la separación y exclusión de socios, supuestos de transmisión y la elección de la forma societaria.

El Gobierno aprobará “en breve” un proyecto de ley que regulará las sociedades profesionales. La futura norma regulará aspectos como la compatibilidad entre el ejercicio profesional y el modelo societario, la creación de registros profesionales, el ejercicio e imputación de la actividad, la responsabilidad de la sociedad profesional y de los profesionales, la separación y exclusión de socios, supuestos de transmisión y la elección de la forma societaria.

Según la directora general de los Registros y del Notariado “la regulación de las sociedades profesionales cuenta con un compromiso claro de respuesta legislativa por parte delGobierno, que aprobará en breve un proyecto de ley en este sentido”. El Gobierno podría desempolvar el anteproyecto que ya manejó el anterior Ejecutivo y que finalmente no llegó a ultimar su tramitación, ya que el ministro Acebes no lo consideró prioritario. El primer borrador de la norma provino precisamente de los colectivos profesionales. El objetivo de la que ahora podría convertirse en ley es paliar los problemas a los que se enfrentan los profesionales que trabajan en sociedad y que, en ocasiones, no se solucionan a través de los instrumentos mercantiles tradicionales.

El antiguo borrador contemplaba la posibilidad de que las sociedades compuestas por profesionales adoptasen cualquiera de las formas societarias previstas en la ley, pero de forma obligatoria deberían incluir la expresión profesional. Por lo que de daría lugar, por ejemplo, a las SAP (sociedad anónima profesional) o a las SLP (sociedad limitada profesional).

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